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NOVEDADES EN LAS CUOTAS DE AUTÓNOMOS DE 2023 A 2025.

A partir del 1 de enero de 2023 el sistema de cotización se basará en el rendimiento neto de los negocios. En otras palabras, cotizarás según los ingresos reales de tu empresa.


PRESENTAR UNA PREVISIÓN DE INGRESOS.

Esto significa que las empresas y autónomos tendrán la obligación de presentar una previsión de ingresos anuales. Lo mismo sucederá con los nuevos trabajadores por cuenta propia que se den de alta en el RETA.


NUEVAS CUOTAS.

Consiste en 15 tramos de cotización y cuotas que van desde los 230 a 500 euros en el año 2023. Esta cuota irá disminuyendo en los tramos con unos beneficios más bajos, mientras que, en los más altos, irá aumentando cada año.


COTIZACIÓN POR INGRESOS REALES.

La cotización por ingresos reales es el epicentro de la reforma en las cuotas de autónomos. El objetivo es que los autónomos coticen por los beneficios netos que realmente tienen y no por la base de cotización que quieran, algo que sucedía en años anteriores.


POSIBILIDAD DE CAMBIAR LOS TRAMOS SEIS VECES AL AÑO.

La obligación de presentar una previsión de los beneficios anuales ha provocado que muchos empresarios se lleven las manos a la cabeza. Y no es para menos, ya que es imposible tener una bola de cristal para saber con certeza que va a suceder el próximo año.


Por este motivo, el Gobierno permitirá que los tramos de cotización se puedan cambiar hasta en seis ocasiones en un mismo año. De este modo, si la empresa va mejor o peor que la previsión inicial, se podrá adaptar a la situación real.

Esto supondrá que el autónomo tendrá que devolver o reclamar las cuotas en caso de que el tramo de los rendimientos netos definitivos esté por debajo (o por encima) del que se indicó en las previsiones a lo largo del año.

Si necesitas asesoramiento sobre los nuevos cambios en la cuota de autónomos, te recomiendo que acudas a un profesional que te informe y te ayude en todo lo que necesites saber antes de comenzar el 2023.

Consultar a la Asesoría.


CUOTA DE AUTÓNOMOS 2023.


Ahora que ya conoces a nivel general las novedades en la cuota de autónomo, voy a explicarte cómo repercutirá en los próximos años.


La cuota de autónomos para 2023 contará con grandes diferencias respecto a lo que se venía pagando en los años anteriores. Sobre todo, en el sistema de cotización para saber qué cuota deberás pagar.


De este modo, los tramos con unos ingresos bajos pagarán menos cuota a la Seguridad Social que los tramos más altos. Por ejemplo, los autónomos con un rendimiento neto inferior a 670 euros pagarán 230 euros, mientras que aquellos que superen los 6000 euros pagarán 500 euros al mes.

En comparación al año 2022, los autónomos con un rendimiento neto inferior a 1300 euros verán reducidas sus cuotas. Sin embargo, aquellos que superen los 1300 euros pagarán más a la Seguridad Social.

 Los autónomos con un rendimiento neto inferior a 1700 euros pagarán prácticamente lo mismo (1 euro más al año).


CÓMO CALCULAR LA CUOTA DE AUTÓNOMOS.

Para calcular los ingresos reales y adaptar la cuota de autónomo a la que te corresponda, deberás realizar la siguiente ecuación.

El rendimiento neto a declarar a la Agencia Tributaria será de los ingresos menos los gastos deducibles anuales. Mucho ojo porque aquí no se están contabilizando el IVA, así que no lo incluyas en los ingresos. Ese dinero no es tuyo, es de Hacienda, por lo que no se considera ingreso.

Una vez has obtenido el rendimiento neto anual deberás de dividirlo entre 12. De este modo, obtendrás el rendimiento neto mensual.

Por ejemplo, supongamos que acaba el año 2022 y tus ingresos han sido de 29.000 euros de los cuales 5000 euros han sido gastos. El rendimiento neto anual habría sido de 24.000 euros.

También puedes aplicar un 7% de gastos de difícil justificación para autónomos o del 3% para autónomos societarios. Para aplicarlo deberás coger el rendimiento neto y sumarle la cuota de autónomo. El 7% del resultado será la cantidad a restar del rendimiento neto anual.

Para que lo comprendas mejor, continúo con el ejemplo.

Los autónomos con un rendimiento neto inferior a 1700 euros pagará prácticamente lo mismo (1 euro más al año).


Si has estado cotizando por la cuota mínima de autónomo en 2022, el montante supondría 3528 euros. Es decir, la cantidad a reducir sería el 7% de 27528 euros (24000 + 3528). En total se deducirán 1.926,96 euros.

Los 22.073,04 euros (24000 -1926,04) de rendimiento neto, se dividen entre los 12 meses, lo que supondría un total de 1839,42 euros al mes. Es decir, entrarías en el tramo de 1700 a 1850 euros. En este caso, la cuota mensual sería de 310 euros al mes para 2023.

Una vez descontadas las cuotas mensuales de autónomo, el beneficio sería de 18.353,04 euros.

Pero cuidado, porque este no será tu beneficio final, ya que tendrás que liquidar el IRPF con la Agencia Tributaria.

Ten en cuenta que podrás ajustarla más adelante si el rendimiento neto está variando respecto al año anterior.


CUÁNDO SE PAGA LA CUOTA DE AUTÓNOMO.

Pagar la cuota de autónomo es posiblemente lo que menos gusta, y con razón, ya que supone un desembolso considerable. El pago se debe realizar el último día hábil del mes corriente.

Para que lo comprendas mejor, voy a ponerte un ejemplo. Supongamos que estamos en el mes de septiembre. En ese caso, deberás pagarlo el día 30 de septiembre.

En caso de no realizar el pago en la fecha indicada, se aplicará un recargo del 10% siempre y cuando se pague en el mes siguiente. A este se le suman los intereses que se generen desde el día siguiente a su vencimiento.

Si el pago de la cuota se retrasa más de un mes, el recargo será del 20% más los intereses generados, así que lo mejor es pagarlo en el plazo establecido.

Existen situaciones en las que resulta imposible afrontar el pago de la cuota, por lo que el Gobierno ha habilitado la posibilidad de aplazar o fraccionar los mismos.

  Ten en cuenta que podrás ajustarla más adelante si el rendimiento neto está variando respecto al año anterior.


Las consecuencias de no pagar la cuota de autónomo es la pérdida del derecho al cobro de algunas prestaciones asociadas, como, maternidad, incapacidad temporal...


CUALQUIER DUDA O CONSULTA QUE NECESITES, PONTE EN CONTACTO CON LA ASESORIA.


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